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Residentes no habituales
El RNH Régimen - Residentes No Habituales, proporciona un tratamiento fiscal excepcional para la clasificación de los ingresos recibidos, de una fuente portuguesa por RNH y también puede beneficiarse de exenciones fiscales sobre los ingresos extranjeros.
La tributación durante un período de 10 años, a una tasa fija del 20% del impuesto sobre la renta de las personas físicas sobre la renta obtenida en Portugal y la ausencia de doble imposición, en el caso de las pensiones y el trabajo dependiente e independiente obtenido en el extranjero, son algunas de las Beneficios
¿Quién puede ser considerado RNH en Portugal?
Se considerará “Residente No Habitual” quien se convierta en residente fiscal en Portugal y no haya tributado como tal en los últimos 5 años (antes de clasificarlo como residente fiscal portugués). Las personas que cumplan con los requisitos que se enumeran a continuación serán elegibles para registrarse como RNH y tendrán derecho a tributar como tales durante un período de 10 años consecutivos, que también puede renovarse.
¿Cómo obtener el estatus RNH en Portugal?
A los efectos de adquirir la condición de "Residente No Habitual", la Autoridad Tributaria portuguesa reconoce la presentación de documentación adicional (certificado de residencia fiscal en otro país en los 5 años anteriores), que solo será necesaria en caso de dudas fundadas sobre la veracidad de los elementos proporcionados por el expatriado.
Para obtener este estado, debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Haber residido en los últimos 5 años fuera del territorio portugués.
- Convertirse en residente fiscal en Portugal, de acuerdo con las reglas establecidas en el Código del IRS, en el año en el que se pretende aplicar el régimen.
- Solicitar la asignación del estado RNG cuando se registre como residente fiscal en Portugal con el Servicio Financiero local (para ello, debe haber permanecido en Portugal durante más de 183 días consecutivos o interpolados, o haber permanecido menos tiempo allí , a 31 de diciembre de ese año, de vivienda en condiciones que sugieran su intención de mantenerla y ocuparla como residencia habitual)
¿Cuál es la tasa e incidencia de la tributación aplicable a las rentas obtenidas en el territorio nacional?
En el caso del trabajo por cuenta propia o por cuenta propia, el tipo impositivo aplicable es del 20% (al que, desde 2013, se le añade un recargo del 3,5%). Se gravan las rentas de actividades de alto valor añadido de carácter científico, artístico o técnico, que incluyen:
- Auditores
- Arquitectos, ingenieros y afines
- Artistas plásticos, actores y músicos
- Médicos, dentistas, profesores y psicólogos
- Profesiones liberales, técnicas y afines
- Marcos superiores
- Inversores, administradores y gerentes, cuando se integren en sociedades amparadas por el régimen contractual previsto en el Código Fiscal de Inversiones.
¿En qué casos se aplica la exención fiscal a las rentas obtenidas en el extranjero por RNH en Portugal?
En el caso de Pensionados y Jubilados, cuando las rentas tributen en el Estado de origen, de acuerdo con el convenio para eliminar la Doble Imposición suscrito por Portugal con ese Estado (según los criterios establecidos en el Código del IRS), y siempre que no se consideren rentas obtenido por una fuente portuguesa.
En el caso de rentas derivadas del trabajo dependiente, cuando estas tributen en el Estado de origen, de acuerdo con el convenio para eliminar la Doble Imposición suscrito por Portugal con ese Estado. Siempre que dichos ingresos tributen en otro Estado con el que Portugal no haya celebrado ningún convenio para eliminar la Doble Imposición, y siempre que los ingresos no se consideren obtenidos en territorio portugués según los criterios del artículo 18 del Código del IRS.
En el caso de rentas del Trabajo Independiente (por servicios de alto valor añadido, de carácter científico, artístico o técnico, o de propiedad intelectual o industrial, rentas del capital, rentas de la propiedad o rentas por plusvalías y otros incrementos patrimoniales), cuando las rentas puedan someterse a imposición en el país, territorio o región de origen, de conformidad con el convenio para eliminar la doble imposición celebrado por Portugal con ese Estado. O cuando no exista un convenio para eliminar la Doble Tributación suscrito, podrá aplicarse el Modelo de Convenio de la OCDE (considerando las observaciones y reservas formuladas por Portugal) y siempre que el país, territorio o región de origen no cuente con un régimen tributario privilegiado, y siempre que los ingresos no se consideran obtenidos en territorio portugués según los criterios del artículo 18 del Código de Hacienda.
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